miércoles, 27 de febrero de 2008

El obispado ha hecho públicas una serie de normas para las salidas procesionales que vienen a actualizar las que estaban en vigor en función de un decreto emitido por don Rafael Bellido Caro. Un aspecto importante de esta normativa es que da toda la potestad en la organización de la Semana Santa al Consejo y pone orden en las circunstancias especiales que pueden suceder a una cofradía durante su salida por causa de la lluvia. Como se especifica en el escrito remitido por la delegación de Hermandades a todas las cofradías y consejos locales, el obispo "ha querido revisarlas y adaptarlas -las normas- a nuestras necesidades actuales".

El texto con la nueva reglamentación se abre con los procedimientos a seguir por las hermandades y el papel del Consejo en cuando a la coordinación de la Semana Santa. Así, "cada año, en el último trimestre del mismo, las hermandades comunicarán a su Consejo las revisiones oportunas y cambios que crean convenientes sobre el horario e itinerario del año anterior", mientras que el "Consejo elaborará y propondrá los horarios e itinerarios oficiales de las cofradías con los datos facilitados por ellas".

El organismo cofrade, en cuanto a horarios e itinerarios, tiene libertad para tomar "las medidas que consideren oportunas en los casos de incompatibilidad no solucionada por las hermandades afectadas". Por último, en este mismo apartado se fija que "excepto por causas graves, las cofradías no deberán interrumpir su marcha durante la estación de penitencia y cumplir escrupulosamente los horarios e itinerarios visados por esta Delegación. Caso de no respetarse este punto se aplicaría el artículo 87 de la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías", artículo que dice claramente que las hermandades que "atenten" , entre otros supuestos, contra "los acuerdos vinculantes del Consejo local de Hermandades, serán reprobadas, con la imposición de una justa pena" que puede llegar a la prohibición de la salida del cortejo procesional, e incluso, por causa grave, a la supresión de la hermandad. Otro capítulo menos trascendente pero importante es el dedicado a la suspensión de la salida por causa de lluvia. Los supuestos que se exponen son la demora en la salida que será de una hora como máximo, "pasada la misma quedará suprimida la Estación de Penitencia.

El Consejo Local será el encargado de preguntar a cada Hermandad si va a esperar y será el Consejo quién marque el nuevo horario para evitar conflicto". También se contempla el regreso al templo sin efectuar el itinerario previsto que se hará "por el camino más corto y en el menor tiempo posible. Teniendo siempre en cuenta el discurrir de otras Hermandades. Siempre coordinará el Consejo Local". En caso de refugiarse en un templo distinto, "si se puede, una vez superadas las inclemencias, volverá a su sede siguiendo el punto anterior. Si no había iniciado la Carrera Oficial o no había hecho estación de penitencia en la Catedral se abstendrá de hacerlo posteriormente. Si tiene que quedarse en el Templo, el traslado al suyo se hará, única y exclusivamente, en la tarde del Domingo de Resurrección. La Hermandad que decida llevar acompañamiento musical lo podrá hacer. Recordando siempre que se trata de dar testimonio público de fe".

El presidente Muñoz Natera evalúa positivamente "la actualización de unas normas que estaban ya desfasadas por el paso del tiempo", apostillando que "era necesaria porque aclara situaciones que se nos habían presentado donde surgían muchas dudas. En este articulado se deja claro que es el Consejo el que coordina". En cuanto al asunto de los regresos con música y en el Domingo de Resurrección dice que "es algo que veníamos demandando para que se ordenara".

 

Diario de Jerez


Publicado por nazarenodelaO @ 12:50  | Jerez
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